Creo que la gran mayoría de abogados que se dedican a patrocinar causas ante el Poder judicial, que son abogados del pueblo, que no tienen ante los órganos de dirección del Poder Judicial o ante los jueces, la llegada de los políticos, de los profesionales de renombre o las relaciones de los grandes estudios -y que fundan su patrocinio en la razón jurídica o en la entrevista formal ante el juez de la causa- coincidirán conmigo y con la ciudadanía en general, que los jueces de éste Poder Judicial, pueden tener una ley que le homologue los sueldos, pero que en justicia no la merecen.
Y no la merecen, porque aunque hay jueces probos y honestos, la percepción ciudadana es que no tenemos una administración de justicia de calidad. De que no tenemos jueces con idoneidad para el ejercicio de la función jurisdiccional. Porque a diferencia de antaño, pueden los jueces de hoy, tener maestrías y doctorados, pero no se nota la capacitación, porque hay resoluciones inaceptables, "preburricadoras", fruto de la corrupción o de la gran diferencia que existe, entre un jurista y un letrado administrando justicia. Porque tenemos un sistema de selección y nombramiento, por el que una enfermera termina designando quien debe ser juez en el Perú.
Y no merecen la homologación o el aumento, porque no hay respeto por el litigante, ni por el abogado, al que se le puede hacer esperar media hora para sus diligencias, pero si éste llega un minuto después de la hora pierde su derecho. Porque no atienden a la hora que deben atender, porque el dinero del presupuesto no debe gastarse solo en sueldo de los magistrados y finalmente, porque un mejor sueldo no significa una mejor administración de justicia, sino un mejor nivel de vida, que los diferencia con millones de peruanos que tienen ingresos que no están a la altura de su responsabilidad y su trabajo, ya que hasta ahora no hay un sistema único, real y eficaz de remuneraciones. En ese contexto resulta oportunista la presencia del Decano del Colegio de Abogados, Dr. Chamane Orbe, en medio de los jueces en una huelga blanca que es ilegal, porque eso implica avalar un poder del estado que tiene un alto grado de rechazo ciudadano.
Y no merecen la homologación o el aumento, porque no hay respeto por el litigante, ni por el abogado, al que se le puede hacer esperar media hora para sus diligencias, pero si éste llega un minuto después de la hora pierde su derecho. Porque no atienden a la hora que deben atender, porque el dinero del presupuesto no debe gastarse solo en sueldo de los magistrados y finalmente, porque un mejor sueldo no significa una mejor administración de justicia, sino un mejor nivel de vida, que los diferencia con millones de peruanos que tienen ingresos que no están a la altura de su responsabilidad y su trabajo, ya que hasta ahora no hay un sistema único, real y eficaz de remuneraciones. En ese contexto resulta oportunista la presencia del Decano del Colegio de Abogados, Dr. Chamane Orbe, en medio de los jueces en una huelga blanca que es ilegal, porque eso implica avalar un poder del estado que tiene un alto grado de rechazo ciudadano.
En ese marco fáctico, el Tribunal Constitucional resuelve el conflicto de competencia entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, para que a solicitud de éste, declare la NULIDAD de la Resolución Administrativa 235-2012-CE-PJ. Resolución por la que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ordenaba que se le transfirieran recursos para homologar los sueldos de los magistrados conforme a lo preceptuado por su Ley Orgánica. Un hecho que según el Poder Ejecutivo es su atribución a través del Ministerio de Economía.
Y la resolución del Tribunal Constitucional amparándose en la necesidad de un ingreso justo para los jueces, de que no se puede seguir manteniendo un estado de inconstitucionalidad al no homologarse los sueldos de los jueces con arreglo a lo preceptuado por la Ley Orgánica del Poder Judicial, declara FUNDADA la demanda en el extremo que es el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía el encargado de administrar la hacienda pública y la reserva de contingencia e INFUNDADA la demanda en el extremo que solicita la nulidad de la Resolución Administrativa 235-2012-CE-PJ, disponiendo que el Ministerio de Economía, cumpla con incluir los 87 Millones de Soles anuales para la homologación ahora y los provea para entregarlos dentro del Presupuesto del 2014.
Y la resolución del Tribunal Constitucional amparándose en la necesidad de un ingreso justo para los jueces, de que no se puede seguir manteniendo un estado de inconstitucionalidad al no homologarse los sueldos de los jueces con arreglo a lo preceptuado por la Ley Orgánica del Poder Judicial, declara FUNDADA la demanda en el extremo que es el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía el encargado de administrar la hacienda pública y la reserva de contingencia e INFUNDADA la demanda en el extremo que solicita la nulidad de la Resolución Administrativa 235-2012-CE-PJ, disponiendo que el Ministerio de Economía, cumpla con incluir los 87 Millones de Soles anuales para la homologación ahora y los provea para entregarlos dentro del Presupuesto del 2014.
Y lo concreto y lo real, es que bajo el argumento que estos 87 millones no representan gasto alguno porque están financiados por el Proyecto de Ley que no fue aprobado por el Congreso de la República, el Tribunal Constitucional esta ignorando que, si bien es cierto que hay una norma (la LOPJ) que debe cumplirse por imperio de la Ley, no es menos cierto que la aplicación de la esta ley en lo específico, depende de dos instituciones del estado. De quien administra la hacienda pública, que es el Ministerio de Economía y de quien aprueba el pliego presupuestario, que es el Congreso de la República.
Si la hermenéutica constitucional del Tribunal Constitucional fuera la correcta, todo proyecto de presupuesto de los sectores, sería aprobado sin recorte alguno. No puede reconocerse por un lado, la facultad de administrar la hacienda pública por parte del Ministerio de Economía y por otro lado, declarar fundada la homologación, solo por el hecho de que la ley existe, de que los jueces tienen derecho a una remuneración "justa y digna". De que el Poder Judicial presento un proyecto de presupuesto "financiado".
La sentencia del Tribunal Constitucional, lo que hace es agudizar la crisis del Poder judicial, al centralizar en el gasto corriente, en las remuneraciones de los jueces, en el presupuesto del Poder Judicial; no dejando margen para otros rubros necesarios como infraestructura, como sueldos de los trabajadores, que es otro problema por resolver. La sentencia del Tribunal Constitucional implica una aplicación simplista de la ley, en un contexto en la que ésta debe analizarse, dentro de un marco legal de las competencias de los Poderes del Estado, de la aplicación condicionada de la ley, a otros sectores que dentro de la estructura del Estado son los que le dan viabilidad. La sentencia crea una nueva casta de privilegiados por ley, sin que se garantice una mejor administración de justicia. Dice sì a los jueces y dice no a los intereses nacionales y a la realidad.
Y como este es el país de la criollada y de la pendejada (a lo peruano) como este es el país donde se deja que las cosas se solucionen solas o se saca conejos de la manga en la hora nona, el Congreso de la República da ayer mismo una Ley de Fortalecimiento del Poder Judicial, que en los hechos le saca la vuelta al cojuridico fallo del Tribunal Constitucional, aprueba un aumento por tramos como venía del ejecutivo y deroga la inaplicable Ley Orgánica del Poder Judicial en lo que se refiere a la homologación, ley que no es aceptada por los jueces y que agudiza el conflicto. No cabe duda que estamos en el Perú y que para consuelo de los abogados y litigantes, al menos la huelga anual del Poder Judicial tuvo un matiz diferente.
Y como este es el país de la criollada y de la pendejada (a lo peruano) como este es el país donde se deja que las cosas se solucionen solas o se saca conejos de la manga en la hora nona, el Congreso de la República da ayer mismo una Ley de Fortalecimiento del Poder Judicial, que en los hechos le saca la vuelta al cojuridico fallo del Tribunal Constitucional, aprueba un aumento por tramos como venía del ejecutivo y deroga la inaplicable Ley Orgánica del Poder Judicial en lo que se refiere a la homologación, ley que no es aceptada por los jueces y que agudiza el conflicto. No cabe duda que estamos en el Perú y que para consuelo de los abogados y litigantes, al menos la huelga anual del Poder Judicial tuvo un matiz diferente.
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