Este proceso de Detención Preliminar que ha "enviado al bote" por treintaiseis (36) meses a Keiko Fujimori, por lavar un millón de dolares recibidos de ODEBRETCH, no es otra cosa dentro de la legislación procesal peruana, que una detención sin flagrancia, que es una medida excepcional arreglada a derecho, que tiene determinados presupuestos -establecidos en ultima ratio por el Tribunal Constitucional- y que sirve hoy para el proceso judicial o el juzgamiento, de la clase política peruana o mejor dicho de la clase dirigente, de quienes detentan el poder en el Perú o de los principales líderes del país involucrados en actos de corrupción, a quienes por el deterioro de la ética y la moral pública y la corrupción que nos desborda; los instrumentos desarrollados o importados por la cultura jurídica del país, terminan alcanzándolos, a despecho de ser "ilustres personalidades" evitando la impunidad de antaño o el exceso del poder, en un país fraccionado, dividido y hastiado de su clase política, de las formas y maneras de hacer política.
Frente a una justicia que alcanza hoy a los poderosos del país, en el caso de los políticos y la política hay un singular "espíritu de cuerpo". Desde Alan Garcia, hasta Ollanta Humala, pasando por Vitocho, todos hablan de "excesos", de un "Golpe de Estado" o de que el Fiscal y el Juez están pensando en sus candidaturas para las próximas elecciones. Y si de "persecución política" se trata, creo que la más emblemática, en función de ideas, es la de Haya de la Torre. Lo de Keiko Fujimori, lo de Ollanta Humala, lo de Alejandro Toledo o lo de Alan García no es "persecución política". No se les emplaza judicialmente en razón de sus ideas, se les emplaza judicialmente por delitos, por raterías, por corrupción. Y esa es la prueba que algo ha cambiado en el Perú. Que a los políticos también se les puede y se les debe procesar judicialmente por sus delitos o sus excrecencias.
En el contexto anterior, los ilustres abogados del foro nacional, se esfuerzan por anotar "vicios procesales, nulidades e in conductas jurisdiccionales", que afectan a quien puede ser eventualmente su cliente o es su amigo, en medio de un Mark Vito doliente y lloroso y congresistas que apelan al sentimentalismo de "una madre alejada de sus hijos". Y en esa dirección la más imaginativa "apreciación jurídica" es la de una abogada de apellido oriental en RPP, que expreso sin rubor que "lo de Odebretch no es delito porque el dinero salio de sus ingresos y es como si una persona pagara de su sueldo". En esa dinámica argumentativa, es necesario indicar que el que Carhuancho haya ordenado la prisión preventiva de la Fujimori adelantándose a la decisión sobre sus coinculpados, no es un vicio procesal. La ley no prohíbe que lo haga, aunque corre el peligro de que los demás procesado "se pelen" para evitar la cárcel.
Es indudable que en este proceso hay una carga emocional, una carga política, cierto histrionismo en el juez, en el fiscal y en la defensa, que seguramente va a ser llevada al cine por ser un hecho inedito en la justicia nacional, pero lo concreto y lo real es que la sentencia del Tribunal Constitucional en el EXPEDIENTE N° 04780-2017-PHC/TC sobre OLLANTA HUMALA y NADINE HEREDIA, establece que la prisión preventiva se debe aplicar en "circunstancias verdaderamente excepcionales" como ultima ratio y aquí hay una circunstancia excepcional, estamos en el proceso que involucra a la lideresa del principal partido político de oposición en el Congreso. Una persona que tiene poder, capacidad de influir en funcionarios públicos y ciudadanos que están alrededor del asunto delictuoso, lo que implica torcer el derecho y la justicia para beneficio propio, en medio de una materia probatoria que se sustenta en elementos de convicción, en pruebas concretas, en testigos protegidos y material incautado, lo que la sentencia del TC llama "evidencias solidas", "motivos razonables y proporcionales".
Más allá de cualquier preferencia política, es innegable que lo objetivo es que la sentencia esta debidamente motivada, que es adjetivar para las tribunas, hablar de una "indebida motivación" o de "arbitrariedad" en la detención. Con Keiko Fujimori libre, las posibilidades de perturbar el proceso son grandes. Un partido politico es una organización vertical, verticalidad que ha quedado acreditada en el proceso. En esa lógica es absurdo pensar que Keiko Fujimori estuviera al margen de los dineros recibidos y del "pitufeo" materializado y probado. En el caso de autos, a diferencia de los Humala, hay un caso con una responsabilidad penal, mejor construida y acreditada. Hay algunas situaciones en la que el Fiscal Domingo Pérez y el Juez Carhuancho, han dejado pasar como aquello de la relación laboral de la "Señora K". Lo que ha quedado demostrado en autos, es que es difícil encontrar una lealtad a toda prueba como la de Agustín Mantilla, a quien Alan García el principal beneficiado por su silencio, tuvo la felonía de no acompañar en el día de su muerte.El Congresista Reategui aflojo a la primera de bastos.
Ahora bien, hasta donde yo tenía conocimiento, la política no es un trabajo. Una cosa es un politico profesional otra que la política es un trabajo. La política implica una vocación de servicio, desprendimiento. Haya de la Torre cobro un sol como Presidente de la Constituyente y Fernando Belaunde vivió y murió modestamente en un departamento que era de su esposa Violeta Correa. Para que exista una relación laboral tiene que haber subordinación, horario de trabajo y una remuneración. La subordinación no existe porque la Sra. Fujimori esta por encima de todos, no hay horario de trabajo porque la política como trabajo es una acción que se desarrolla básicamente en la función publica y el dinero que recibe no es un sueldo sino una contribución como lideresa de FUERZA POPULAR.
Desde nuestro punto de vista, procesal, jurisprudencial y doctrinariamente, hay elementos de convicción y se cumple el estándar establecido por el Tribunal Constitucional para la prisión preventiva. Lo demás es cuestión de simpatías o antipatías políticas, de manejo político, de intereses y espíritu de cuerpo de una clase política que quiere mantener sus privilegios, su aureola de santidad y de impunidad. De una clase política que quiere negar que la falta de institucionalidad y el mercantilismo y el copamiento por caciques, ha hecho que la política sirva para enriquecerse, para cometer delitos, para beneficiar intereses diversos. No es la regla general pero es lo que hoy conjuntamente con la mediocridad, lo que más abunda en la política.
(*) Sentencia del Tribunal Constitucional: https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2018/00502-2018-HC.pdf
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