sábado, 12 de septiembre de 2015

N° 409 - EN SEPTIEMBRE NO HAY MILAGROS.....

PORQUE EL PAGO DE MILAGROS LEIVA NO ES DELITO:




Que las relaciones entre la prensa o los periodistas y el poder son difíciles, crispadas y confrontacionales, no es ningún secreto. Lo han sido siempre y lo son más aun ahora, cuando tenemos una precaria institucionalidad, que hace que no impere el derecho, la justicia y la verdad. Cuando tenemos caricaturas o carcasas de partidos políticos y "lideres políticos" o "políticos" o aprendices de políticos, que se perpetúan como dirigentes de partidos de fachada, que alimentan una clase política llena de personajes grises, marcados por la mediocridad, la corrupción y el oportunismo. Gente sin mayor talento ni cultura,  que miente deliberadamente, que prioriza sus intereses personales, su ambición  y que  con cinismo y sin rubor, tratan de buscar el voto de ciudadanos sin cultura cívica ni política; arropándose en el poder que les da la política y los personajillos que conforman la corte que los acompaña siempre. Es penoso decirlo, pero eso es lo que hay mayoritariamente en los partidos políticos, que sin cuadros, cuando llegan al poder terminan apelando a técnicos independientes para gobernar.

En el contexto anterior, la combativa periodista Milagros Leiva -que desde su tribuna televisiva, ha venido denunciando las corruptelas de los gobernantes de turno, las de los gobiernos anteriores y las excrecencias de nuestra "clase política"- se vio obligada a renunciar, al reconocer que pago TREINTA MIL DOLARES AMERICANOS (US/. 30,000.00) de su propio peculio, para obtener una entrevista con MARTÍN BELAUNDE LOSSIO. Lo anterior, ante el beneplácito de Palacio de Gobierno, ante las relamidas de la bancada nacionalista que hablaba del "delito cometido" por la periodista y ante la sonrisa de  los operadores jurídicos del régimen que la habían amenazado en privado.

Y como yo estoy más cerca de los lectores, que de los electores y milito en lo que queda del partido de Belaunde -no se sinceramente hasta cuando- luchando desde adentro porque todo no sea intereses personales o búsqueda simple del poder. Desde mi perspectiva estrictamente jurídica y como abogado, tengo que indicar que no hay delito. Puede haber in conducta ética desde una determinada visión, pero no delito. Y digo in conducta ética desde una determinada visión, porque desde otra perspectiva, desde otra visión. Desde la perspectiva estrictamente periodística; de la búsqueda de la noticia, de la primicia o de la verdad, no hay infracción ética. No la hay porque en éste caso el dinero es un medio para la obtención de la noticia, como lo puede ser el buscar que alguien asile a un perseguido político o como la Sra. Magaly Medina paga a sus "invitados" para que le hagan la noche. 

Para mayor abundamiento, el Sr. Martín Belaunde Lossio era indudablemente un prófugo de la justicia, una persona que ha cometido delitos. Pero delitos en un contexto político, donde están involucrados personajes del mayor nivel del gobierno. Y en esa dirección, la búsqueda de la noticia, de la primicia, de la verdad, era buscar la declaración o la delación de sus cómplices -aprovechando la presión de la fuga, el que se sentía traicionado- descubrir  las granjerías, los delitos y las corruptelas de la clase política, porque queda claro que Belaunde Lossio no actuó solo.

En ese contexto, en esa dirección, creo que tiene lógica y sentido común, pagar para obtener la declaración. El pago no es, no fue para que se escape, el pago es o fue por una finalidad estrictamente periodística, que es buscar la verdad, desnudar las corruptelas de un régimen que se lleno la boca de honestidad. Yo en lo personal no pienso que el fin sea ilícito. Creo que es cuestión de personalidad, de tomar una decisión, en una circunstancia en la que queda claro que el medio para el cual trabajaba no va a dar el dinero para la entrevista. El fin era desde mi punto de vista un fin superior, era contribuir a adecentar la política, a quitarle la careta a estos aventureros, oportunistas o demagogos, que hablando en nombre de los pobres, de la democracia, del partido o del país, lo único que les interesa es el bolsillo y su posibilidad de poder.

Ahora bien, la bancada nacionalista ha pedido a la fiscalía que denuncie a Milagros Leiva, por "pagarle para que se fugue Martín Belaunde Lossio"  y aquí hay que decir dos cosas. La primera que el dinero no fue para que se fugue sino para que le de una entrevista. Y  la segunda, que el dinero no se lo dio a Belaunde Lossio sino a Yuliano Arista el "Curaca Blanco", el peruano residente en Bolivia casado con la prima de Martín Belaunde Lossio, dedicado a la quiromancia, cartomancia y no se cuantas cosas más, en cuya casa estaba Belaunde.  Lo concreto y lo real es que el dinero lo pidió y recibió "El Curaca Blanco" que como buen avivato o como buen peruano, termino sorprendiendo a la periodista y quedandose con el dinero. 

Entrando en materia, debo decir que en lo estrictamente jurídico,  he leído una serie de tipificaciones absurdas, caricaturezcas. Y frentea ello tengo que decir que, de existir algún delito, este  supuesto delito sería el de FAVORECIMIENTO A LA FUGA, preceptuado por el Art. 414° del Código Penal. Pero los hechos no  se adecuan al tipo penal. El Art. 414° del Código Penal establece que "El que por violencia, amenaza o astucia,  hace evadir a un preso, detenido o interno o le presta asistencia en cualquier forma para evadirse, sera reprimido con pena privativa de libertad , no menor de dos ni mayor de cuatro años.....". Si el agente que favorece la fuga es funcionario público la pena es no menor de tres años ni mayor de ocho años. 

A tenor de lo anteriormente expuesto, es necesario indicar que el dinero se le dio al "Curaca Blanco" y no a  Martín Belaunde Lossio, fue por la entrevista y no para evadirse, para favorecer su fuga. Aun en el supuesto que el dinero se le hubiera dado a Belaunde Lossio, el objetivo no fue favorecer su fuga. Si indirectamente el dinero lo utilizo Belaunde Lossio para evadirse, ese hecho no compromete penalmente a la Leiva. La jurisprudencia es uniforme en señalar, que nuestro Código Penal le da valor jurídico sancionador a la conducta activa constituida por un hacer determinado o pasiva por una omisión a ese hecho  predeterminado. En el caso de autos, la causalidad no era favorecer la fuga  y por ello no hay posibilidad que sea pasible de una sentencia.

Que a la Srta. Milagros Leiva por mala fe o por ignorancia la quieran crucificar, le inventen amorios con Belaunde Lossio  o la quieran humillar desde el poder, es comprensible. Que utilizando los resortes de un Poder Judicial siempre proclive y subordinado al poder político, la quieran sentenciar a través de un juez complaciente, es posible. Lo que no creo como abogado es que esa sentencia -en el supuesto que se evacuara- cause estado o termine siendo definitiva. En medio de tantas limitaciones la justicia si funciona.  


miércoles, 2 de septiembre de 2015

N° 408 - LA TREMENDA JUEZ

EL PROBLEMA DE LA JUSTICIA EN EL PERÚ:


La bochornosa resolución de la juez del 54° Juzgado Penal de Lima, HAYDEE VERGARA RODRIGUEZ,  al liberar 52 delincuentes que entraron a destruir y tomar por la fuerza un inmueble de ciudadanos mexicanos en Lima, incurriendo en delito de USURPACIÓN AGRAVADA, ha puesto una vez más en tela de juicio, el problema de la administración de justicia en el Perú. 

En el contexto anterior, en principio hay que señalar que la crisis de la administración de justicia en el país, no es solo un problema de falta de dinero. Hay por un lado un manejo político, personalista del Poder Judicial, que tiene que ver con la imagen de los miembros de la Corte Suprema que ocupan la presidencia y que materializan acciones efectistas para las tribunas, ante el descrédito institucional, pero que son poco significativas institucionalmente -aunque resulten necesarias- como la creación de Cortes Superiores, en el Cono Este y Cono Sur en Lima, sin las partidas de recursos económicos correspondientes, re ubicando personal, llevando mobiliario de un lado a otro, generando un caos administrativo significativo -con juzgados sin computadoras o papel- que incide en un mayor retraso de los procesos, por la acumulación de carga procesal y la falta de personal. Una realidad que se da igualmente en provincias con partidas mínimas, juzgados que en su numero no satisfacen la demanda, corrupción  y la "institucional" demora en la tramitación de los procesos., que termina hasta justificando esos bochornosos actos de corrupción, como si fueran retrasos de tramitación en las ODECMAS.

La creación de Corte Superiores en Lima, simple y llanamente fue para que el Presidente de la Corte Suprema de la República de turno, consigne en su memoria que creo Cortes Superiores y Juzgado de Transito, en un hecho que tiene efecto mediático, propagandístico, pero que en el fondo, sin recursos para su complementación, no soluciona una problemática que afecta a ciudadanos y a los abogados. Y digo a estos últimos, porque muchas veces la demora en los procesos es vista por el litigante como producto de una mala gestión, asesoría o patrocinio y eso no es real, porque poco puede hacer muchas veces el abogado frente al sistema.

Por otro lado, aunque el sistema funciona, aunque todo no es corrupción y hay de todo en cuanto a operadores de justicia, otro de los grandes problemas es la calidad de la administración de justicia. Y aquí nos enfrentamos al problema de la educación superior en el Perú. Al hecho que no se forman magistrados,ni  juristas, sino abogados, en muchos casos sin mayores conocimientos, que ingresan a la carrera judicial por los atractivos sueldos que hay hoy en día, pero que no tienen la idoneidad, el talento y la sapiencia para administrar justicia. Una justicia que por la carga procesal termina siendo evacuada por los secretarios de justicia o por los asistentes, muchas veces ofendiendo la inteligencia ajena, la lógica y los principios generales del derecho, como es el caso de ésta resolución de la Dra. Vergara que no tiene ninguna justificación; en principio porque a ojo de buen cubero, había la posibilidad de identificar otros delitos y luego porque si la denuncia no reunía los requisitos de ley -la identificación de los responsables- podía devolverla para que se actuara con arreglo a ley, pero en ningún caso ordenar su libertad. En ese contexto ha sido acertada y demuestra reflejos políticos la decisión del Dr. Oswaldo Ordoñez, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima de separarla del cargo.

Esta situación hace que muchas veces se confundan como actos de corrupción,  las burradas de jueces improvisados, sin capacidad, sin mayores conocimientos o las resoluciones "preburricadoras" de jueces que ni siquiera leen las resoluciones que terminan evacuando sus subordinados y sobre las que ellos son únicamente responsables. Aquí hay que ser claros en señalar que se tiene que cambiar las formas de designación de magistrados, no puede ser que una enfermera termine designando jueces. Que la idoneidad no sea un parámetro para su designación. Que no se busque el perfil de un jurista, de un magistrado para la nominación de un juez. No se trata de "escuelitas" de magistrados, sino de verdaderas escuelas de formación, donde se impartan conocimientos, pero se insista en valores y principios éticos, tan necesarios en un país como el nuestro. No se trata finalmente, de responder simplemente un examen para ser juez. Eso es como seguir creyendo que el que saca 20 en el colegio u ocupa los primeros puestos tiene el éxito asegurado en la vida.