"COMO SE JUZGA CON PALABRAS":
Hoy es el día del abogado, en homenaje a Don Francisco García Calderón, abogado y jurista, que fue Presidente de la República durante la Guerra con Chile, que presidio el Gobierno de la Magdalena y que fue deportado a Chile, por no ceder a los caprichos de los sureños y convertirse en un gobierno títere. En éste día, a pesar de que este blog anda "medio abandonado", por dedicarme a tiempo completo a la profesión de Don Pancho, no encontré mejor tema, que comentar un libro de la lingüista argentina María Laura Pardo, que adquirí hace poco y que me intereso por mi paso por la facultad de Lingüística de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos -en ese entonces Programa- hace ya cuarentaisite años y por el derecho, que es la profesión que ejerzo en un país donde cada vez hay mayor retardo de justicia e inseguridad jurídica, entre los principales problemas: "DERECHO Y LIGUISTICA" Como se juzga con palabras. (*)
El libro es mucho más que el estudio del lenguaje legal, es un estudio detallado de la semántica del tema jurídico, de las estructuras discursivas de las oraciones, de los detalles del estudio lingüístico de los verbos o de la estilística del texto jurídico, que muchas veces no se caracteriza por su fluidez en los textos de jueces y abogados. Y aquí me cabe una reflexión, la "oralidad" que aplicamos hoy en día en el derecho peruano, dejando de lado el discurso legal escrito, proviene del derecho anglo sajón, pero se termina caricaturizando si en los juzgados de paz o en provincias, los videos no se guardan o archivan y eso sirve para encubrir malas actuaciones judiciales o actos de corrupción claramente acreditados con los videos. Eso es algo que debería tener en cuenta el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. La modernidad no basta como recurso, si no se organiza, se articula y se estructura correctamente con la logística adecuada.
Desde el punto de vista de la sociolingüística, el texto judicial en la medida que emana de una institución del estado, es un texto de poder, como lo son los que evacua el poder ejecutivo o el poder legislativo, Más allá de las relaciones entre la lingüística y el derecho, desde el punto de vista teórico o de la inter relación de las disciplinas, la idea es que el lector que es abogado tenga una visión bastante digerible de los textos judiciales desde la lingüística, aplicado al derecho peruano o mejor dicho a la administración de justicia en el Perú. En su libro la Dra. María Laura Pardo, analizo una muestra de cien sentencias judiciales de segunda instancia del Poder Judicial argentino, sobre enfermedades y accidentes de trabajo.
Dentro de la estructura formal de las sentencias en el Perú, la temática es plantear los antecedentes, el tramite procesal, la valoración y el análisis de los hechos y la argumentación jurídica de las partes y la resolución. En segunda instancia, se parte de la resolución apelada, del fundamento de la apelación, del objeto del recuso y el análisis que lleva a la sentencia de vista. Para la autora el texto judicial tiene algo de ficción literaria,, lo que no necesariamente signifique que no tiene valor. en los hechos en los tribunales peruanos, en segunda instancia por ejemplo, los vocales no se reúnen para analizar un caso determinado. Uno es el ponente y lo pasa a los otros jueces para que firmen y a veces lo hacen sin revisar. Por la carga procesal, a veces el trabajo lo hacen los asistentes y de allí los "horrores judiciales" con que a veces nos encontramos, usando un formato para una sentencia diferente. Ese hecho de dar por hecho, algo que no se da -la reunión de los jueces para votar- es parte de esa ficción jurídica de la que habla la autora que es la que encontramos al leer una novela o en cuento.
El problema notado líneas arriba atenta con el Principio de Claridad y Relevancia de los textos judiciales materia del análisis lingüístico. La diferencia es que el texto judicial se sustenta en la ley y eso es lo que esperan los justiciables. En los texto judiciales el Principio de Relevancia es importante en la medida que tiene efecto en el justiciable. La verdad legal tiene que ser presentada de manera que tiene que ser decodificada en un marco legal que responde realmente a la información. Para el juez la relevancia esta en que los sea para el justiciable, que encuentre incontrovertible y jurídicamente pulcra la sentencia., que pone fin a un conflicto de intereses.
En el análisis sociolingüístico de las sentencias judiciales, importante es la Pretensión de Validez y la Pretensión de Poder, que encierran las sentencias judiciales. Al emitir una sentencia el juez o el tribunal, plantean con su decisión una pretensión de poder a la que se somete el oyente cuando la acepta. La expectativa del juez de imponer su decisión, solo será posible si justiciable la consiente. Estas dos pretensiones pueden parecer extralingüísticas pero en realidad no lo son, tienen gran importancia en el análisis lingüístico de los textos, porque se usa verbos que al enunciarse realizan la acción que significan. Un "dijo" en el marco de una sentencia tiene una connotación diferente -performativa- que en otro contexto.
El texto judicial es básicamente argumentativo, por sus formas puede ser aparentemente u silogismo, pero el razonamiento de una sentencia es menos formal que un silogismo, que depende del conocimiento y de la capacidad argumentativa y de redacción del juzgador, ya que muchas veces, ni el uso de un formato determinado, le da carácter y validez jurídica a las sentencias y estas terminan encerradas en juegos de convencionalismos oratorios que con la lógica o la ley, algo que también se da en los textos de abogados que buscan satisfacer los intereses de sus patrocinados aunque no tengan razón jurídica
En una sociedad que ha optado por la "cultura del cartón" . A propósito del tema, el gobierno norteamericano exige a sus becarios becarios por lo menos dos años de experiencia profesional. Aquí en el Perú, sin experiencia profesional, tenemos magísteres y doctores sin experiencia profesional "académicos" le llaman; y encima como la educación es un lucrativo negocio, las universidades ignoran la validez de la vida y la experiencia de la universidad en la formación de los profesionales y les dan cinco o seis horas de clases virtuales, lo que es antipedagógico, pero sirve para que la universidad del Sr. Raúl Diez Canseco, haga publicidad diciendo que los profesionales egresados de la USIL gana tres veces más que los de otras universidades. Y que el insufrible César Acuña presente una encuesta que la Vallejo esta entre las mejores universidades del Perú.
Una sentencia judicial responde al fenómeno argumentativo, tiene que ver con paradigmas argumentativos, con los conceptos conectores, que materialicen ese eslabón de consecuencias entre las premisas jurídicas y la conclusión jurídica, que es valido también para los escritos de los abogados, que muchas veces por su falta de rigurosidad hace que los jueces ni siquiera los lean, como me comento alguna vez un viejo magistrado de las épocas anteriores al golpe de Fujimori.
La conclusiones a las que arriba este singular estudio, es que los textos jurisdiccionales son de muy difícil comprensión, que deben ser objetivos y fáciles de asimilar. Que, como el poder que ejerce el juez es imperativo, ese poder es el artífice de la estructura formal y eso es lo que lo hace oscuro, complejo, con verbos impersonales. con uso de recursos y estrategias lingüísticas para jerarquizar y reforzar su decisión, como cualquier otro texto de naturaleza literaria o política. Al final yo siempre recuerdo que mi experiencia como periodista o escritor en México, es la que me ayudo mucho en mi redacción jurídica. Doña Elvira Mendoza, colombiana ella y la primera directora dela Revista Vanidades, dirigiendo la Revista Activa del Grupo Televisa, me hizo -cuando llegue por primera vez a México- me hizo rehacer cuchucientas veces mis artículos porque quería información. No era cuestión de estilos ni de redacción. ¡Feliz Día del Abogado!.
(*) DERECHO Y LINGUISTICA - Como se juzga con Palabras. Centro Editor de América Latina. Buenos Aires 1996.